Anuncio BOE-A-2022-20793 publicado el día 08-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-294).

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022.


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... 1. Disminución de la lista de espera Desarrollo del sistema de gestión ... efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta ... efectivo:2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169025 ANEXO I Al Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022 Se deberán cumplimentar tantas fichas como actuaciones se vayan a incorporar como objetivos. Objetivo 1. Acción n.º 1. Disminución de la lista de espera Desarrollo del sistema de gestión informática de atención a la dependencia Descripción de la medida. Se continuaría con la mejora del Sistema de gestión informática del SAAD los objetivos de: – Reducción general de tiempos de gestión de los expedientes de dependencia. – Reducción específica del tiempo de resolución PIA. – Implantación en 2021-2023. Línea de base a 1 de enero de 2022. Expedientes ptes de valoración: 3.982. Expedientes ptes. de PIA: 3.015. Expedientes ptes. de PIA efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). Expedientes ptes de valoración: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA efectivo: reducción 10 %. Indicadores de verificación de cumplimiento. Reducción del tiempo medio desde la Resolución de grado hasta la resolución de PIA. Reducción de los expedientes pendientes de valoración, pendientes de PIA y pendientes de PIA efectivo. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ 372.447,55 euros. actuación. Observaciones. Programa temporal de refuerzo de personal del SAAD Descripción de la medida. Puesta en marcha de un programa temporal de refuerzo de personal valorador y de elaboración de programas individuales de atención con la finalidad de reducir tiempos de valoración y de tramitación del PIA. Línea de base a 1 de enero de 2022. Expedientes ptes de valoración: 3.982. Expedientes ptes. de PIA: 3.015. Expedientes ptes. de PIA efectivo:2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). Expedientes ptes de valoración: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA efectivo: reducción 10 %. Indicadores de verificación de cumplimiento. Aprobación del programa temporal y contratación del personal asociado. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ Coste programa temporal en 2022: 412.994 euros. actuación. Observaciones. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Acción n.º 2.
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... especialmente: − Actuaciones directamente ligadas a la reducción de la lista de espera. − Mejora de la calidad de centros y servicios. ... la Autonomía y Atención a la Dependencia: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169018 Estos objetivos y las medidas que se plasmen en los correspondientes convenios, estarán alineados con los contenidos del Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobado en sesión ordinaria del día 15 de enero de 2021 por el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y con el resto de acuerdos derivados del mismo. En concreto, la aplicación de los créditos incorporados en los referidos convenios se ligará al cumplimiento de los objetivos del citado Plan de Choque y de los acuerdos que del mismo se deriven y especialmente: − Actuaciones directamente ligadas a la reducción de la lista de espera. − Mejora de la calidad de centros y servicios. − Mejoras que redunden en las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores del sistema. El desarrollo del citado Marco comporta la concreción de las obligaciones asumidas por la Administración General del Estado y por la Administración de las comunidades autónomas, para la financiación de las prestaciones y servicios del Sistema. VI Que, por su parte, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ha dispuesto, en sus presupuestos correspondientes al año 2022, créditos para la atención a las personas en situación de dependencia en aplicación de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes CLÁUSULAS Objeto. El presente convenio desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en fecha 28 de julio de 2022, con la finalidad de acordar los objetivos, medios y recursos para la aplicación de los servicios y prestaciones previstos en el capítulo II del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. El objeto del convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada una de las partes intervinientes para la financiación del nivel de protección acordado previsto en el artículo 7.2 de la citada ley. Asimismo, el presente convenio tiene por objeto financiar, mediante el establecimiento de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del Sistema, singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el Plan de choque acordado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la calidad de los servicios y de las condiciones laborales de las personas que trabajan en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y mejora de las intensidades de los servicios y prestaciones. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Primera.
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... del grado de dependencia y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) y disminución de la lista de espera de acuerdo al Plan de Reducción de la lista de espera presentado por la comunidad autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de:

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169019 Segunda. Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: objetivos, medios y recursos. 1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 28 de julio de 2022, por el que se aprueba el Marco de Cooperación Interadministrativa y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha mediante la participación en la financiación de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad. La Administración General del Estado, a través del Imserso, aportará como cuantía máxima treinta y un millones novecientos diecinueve mil setecientos cincuenta y dos euros con cinco céntimos (31.919.752,05 €) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto recogidos en el citado Marco de Cooperación Interadministrativa. La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha aportará, para la financiación del presente convenio, con cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de treinta y un millones novecientos diecinueve mil setecientos cincuenta y dos euros con cinco céntimos (31.919.752,05 €), con cargo a los programas presupuestarios 313A, 313C, 313D y 313H. 2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. 3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las cláusulas siguientes. Tercera. Servicios y prestaciones del SAAD. 1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se ajustará a los acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial y, en particular, a lo establecido en el «Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia», aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en fecha de 15 de enero de 2021. 2. Con cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes actuaciones: – Mejora de sistemas de información y gestión. – Incremento de personal valorador y de realización de PIA. – Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con derecho a atención. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de valoración del grado de dependencia y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) y disminución de la lista de espera de acuerdo al Plan de Reducción de la lista de espera presentado por la comunidad autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de:
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... o vinculación del incremento de los precios de concierto a la mejora de los estándares de calidad en el empleo (estabilidad en el empleo; menor parcialidad, etc.). Esta información será puesta en conocimiento del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169021 Quinta. Pago de las aportaciones de la Administración General del Estado correspondientes al nivel acordado de financiación del SAAD. El pago de las aportaciones que corresponden a la Administración General del Estado, con el objeto de financiar la aplicación y desarrollo del nivel acordado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha correspondiente al año 2022, se llevará a cabo a la firma del presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero de la regla quinta del artículo 86.2 de la Ley General Presupuestaria. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional centésimo novena de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 que dispone que podrá preverse el anticipo de hasta la cuantía total del importe previsto en el respectivo convenio para la financiación de las actuaciones a desarrollar por las comunidades autónomas, previa autorización del Consejo de Ministros. Justificación de gastos por la Comunidad Autónoma. 1. La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se compromete a acreditar la correcta aplicación de la totalidad de las aportaciones recibidas de la Administración General del Estado en el plazo máximo de tres meses a contar desde la finalización de la vigencia del presente convenio, mediante la cumplimentación del certificado recogido como anexo II del presente convenio. 2. De conformidad con lo establecido en la regla séptima del apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha remitirá al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito. El citado estado de ejecución se materializará en un certificado firmado por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este convenio y adverado por el interventor, de conformidad con el modelo recogido como anexo III del presente convenio. De la misma forma se presentará una memoria técnica de las medidas adoptadas con relación al Plan de choque, cumplimiento de objetivos e indicadores de verificación previstos, suscrita por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este convenio, donde se recoja el grado de cumplimiento y ejecución de las actuaciones recogidas en el anexo I del presente convenio, e indicando asimismo la asignación presupuestaria final de cada una de las mismas. Asimismo, dicha memoria contendrá referencias expresas a las medidas adoptadas para el cumplimiento del Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del SAAD de 28 de junio de 2022 publicadas por Resolución del Secretario de Estado en el BOE n.º 192 de 11 de agosto de 2022 referidas a ratios en centros y servicios; al impulso y materialización de las transposiciones normativas necesarias y –en su caso– a las medidas adoptadas relativas a la inclusión en los pliegos de concierto de los servicios ligados al SAAD, de garantías de cumplimiento del convenio colectivo sectorial de aplicación en cada ámbito y/o vinculación del incremento de los precios de concierto a la mejora de los estándares de calidad en el empleo (estabilidad en el empleo; menor parcialidad, etc.). Esta información será puesta en conocimiento del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 3. De acuerdo con la regla sexta del artículo 86.2 de la Ley General Presupuestaria, los remanentes de fondos no comprometidos resultantes al finalizar el ejercicio, que se encuentren en poder de la comunidad autónoma, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio como situación de tesorería en el origen como remanentes que serán descontados de la cantidad que corresponda transferir a la comunidad autónoma. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Sexta.
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... , a efectos de la celebración de las sesiones, en primera convocatoria, se requerirá como mínimo la asistencia del Presidente, el Secretario ... que representen a la Comunidad Autónoma. En segunda convocatoria el número de miembros necesarios para estar válidamente ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169023 Por parte de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: – Dos representantes designados por la Consejería de Bienestar Social. En ambos casos, se designará a las personas que puedan actuar como suplentes en caso de ausencia de las personas titulares. Para la válida constitución de esta Comisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a efectos de la celebración de las sesiones, en primera convocatoria, se requerirá como mínimo la asistencia del Presidente, el Secretario o en su caso, de quienes le suplan, y de la totalidad de los miembros que representen a la Comunidad Autónoma. En segunda convocatoria el número de miembros necesarios para estar válidamente constituida la Comisión será el Presidente y Secretario o persona que les sustituya, y al menos uno de los representantes de la Comunidad Autónoma. 4. Las funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento se entienden sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y de la Comunidad Autónoma en la ejecución de lo establecido en el presente convenio. Novena. Publicidad y difusión. La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se compromete a destacar expresamente, en cuantas actividades realice para la difusión de las acciones previstas en el presente convenio, la financiación efectuada por la Administración General del Estado, así como hacerlo constar en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de los servicios y prestaciones financiados de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. Décima. Vigencia. El presente convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022, dado que las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación se encuentran referidas al ejercicio 2022. Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el Boletín Oficial de la comunidad autónoma. Extinción y resolución. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución y en concreto, por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre. No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes, a propuesta de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, podrán acordar su continuación hasta la finalización del plazo convenido para su ejecución, conforme a lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 40/2015, de 1 de octubre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de resolución del convenio por incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, esta deberá reintegrar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las cantidades que hubiera percibido como aportación económica del mismo, siendo a cargo de la citada Administración la financiación de las actividades que, en su caso, se hallen en curso. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Undécima.
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... ptes. de PIA efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). ... ptes. de PIA efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Acción n.º 3. Sec. III. Pág. 169026 Modificaciones normativas para agilizar y simplificar el procedimiento de dependencia Descripción de la medida. Modificación de la normativa autonómica en materia de dependencia para introducir diversas medidas que agilicen. Línea de base a 1 de enero de 2022. Expedientes ptes de valoración: 3.982. Expedientes ptes. de PIA: 3.015. Expedientes ptes. de PIA efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). Expedientes ptes de valoración: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA efectivo: reducción 10 %. Indicadores de verificación de cumplimiento Inicio de la tramitación de la modificación normativa. Inicio de la tramitación de la modificación normativa. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ Medida a realizar con personal público. actuación. Observaciones. Acción n.º 4. Mejora de la gestión de la información entre los distintos profesionales que intervienen en el procedimiento de dependencia Descripción de la medida. Potenciar la accesibilidad de la información para los profesionales de las distintas áreas que intervienen en la atención de las personas en situación de dependencia del módulo de recursos compartidos (historia social profesional) para poner a disposición de los profesionales información de servicios y prestaciones que recibe la persona como información relevante para la tramitación del procedimiento. Línea de base a 1 de enero de 2022. Expedientes ptes de valoración: 3.982. Expedientes ptes. de PIA: 3.015. Expedientes ptes. de PIA efectivo: 2.269. Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022 (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre). Expedientes ptes de valoración: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA: reducción 10 %. Expedientes ptes. de PIA efectivo: reducción 10 %. Indicadores de verificación de cumplimiento. Mejora herramientas de información (Historia Social Profesional, SAAD). Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ Medida a realizar con personal público. actuación. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Observaciones.
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... subsiguientes acuerdos de desarrollo alcanzados en el seno del Consejo Territorial, entre los que se encuentran: – El Plan de reducción de la lista de espera en el SAAD (Acuerdo de 30 de abril de 2021). – El Acuerdo de bases y hoja de ruta para la modificación ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169017 IV Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobó en fecha de 15 de enero de 2021 el «Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia». En dicho acuerdo se aprobó un paquete de medidas para la reactivación del SAAD entre las que se encontraban el incremento de las cuantías del nivel mínimo de protección y la recuperación del nivel acordado que se sustanciaría a través del oportuno Marco de Cooperación Interadministrativa y los convenios a suscribir entre cada comunidad autónoma y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, recogidos en el artículo 10 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Este nivel acordado de protección y su financiación están estrechamente ligados a los objetivos, medidas y actuaciones propuestas en el Plan de Choque y a los subsiguientes acuerdos de desarrollo alcanzados en el seno del Consejo Territorial, entre los que se encuentran: – El Plan de reducción de la lista de espera en el SAAD (Acuerdo de 30 de abril de 2021). – El Acuerdo de bases y hoja de ruta para la modificación de los criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del SAAD (Acuerdo de 26 de julio de 2021). – El Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD (Acuerdo de 28 de junio de 2022). V Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, los créditos para participar en la financiación del nivel acordado mediante la celebración de convenios con las Administraciones de las comunidades autónomas. Asimismo, dicha Ley 22/2021, de 28 de diciembre, establece las cantidades que la Administración General del Estado aporta para la financiación del nivel mínimo de protección en el ejercicio de 2022. Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 19 de julio de 2022, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 86.2.Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se aprobó el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas, para su posterior sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, del Marco de Cooperación Interadministrativa, y los criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2022 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, por un importe total de 483.197.420 euros. Que posteriormente el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en el uso de las funciones que le atribuye el artículo 8.2 a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre, ha acordado, en su reunión del día 28 de julio de 2022, el Marco de Cooperación Interadministrativa que es necesario desarrollar a través de los correspondientes convenios con las comunidades autónomas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de dicha ley. En los convenios celebrados entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas, en desarrollo del citado Marco de Cooperación Interadministrativa, se deben establecer los objetivos específicos a cumplir por cada una de estas últimas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 39/2006, de 14 de diciembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 39/2006, de 14 de diciembre, para la aplicación de las prestaciones y servicios del SAAD. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Núm. 294
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... privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los servicios y en la calidad del empleo. – Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados de la formación para la profesionalización del sector ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 b) Sec. III. Pág. 169020 Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de: – Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. – Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las prestaciones económicas. – Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada». – Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de cuidados representado de Atención Integral Centrada en la Persona en consonancia con el vigente Acuerdo de Acreditación y Calidad de centros y servicios. – Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia. c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras en el SAAD mediante: – Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los servicios y en la calidad del empleo. – Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados de la formación para la profesionalización del sector. d) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones contenidas y los acuerdos derivados del Plan de Choque en dependencia y que deberán constar en el anexo I de este convenio. 3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos a que se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad Autónoma a la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar la autonomía personal, destinadas a apoyar a la persona con ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de desplazamiento en la vivienda. Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 1. En cumplimiento de lo recogido en el «Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia», adoptado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, los convenios de desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa recogerán los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del Sistema, así como los indicadores que resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento. 2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones que componen el compromiso de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el año 2022, así como los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos. Dichas actuaciones pueden ser continuidad de las ya iniciadas en 2021. 3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo con las previsiones al respecto del Marco de Cooperación Interadministrativa que sea aprobado en dicho ejercicio y previo acuerdo del Consejo Territorial. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Cuarta.
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... excepcionales y habilitaciones provisional para el personal de atención directa de centros con la finalidad de fomentar el empleo cualificado y la estabilidad laboral. Situación a 1 de enero de 2022. 355 personas habilitadas. Impacto esperado para ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Objetivo 2. Sec. III. Pág. 169027 Mejora de la calidad de los servicios y las condiciones laborales de las personas que trabajan en el SAAD Acción n.º 1. Continuar con los procedimientos de habilitación excepcional y habilitación provisional para el personal de atención directa de los centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia Descripción de la medida. Se continuará realizando habilitaciones excepcionales y habilitaciones provisional para el personal de atención directa de centros con la finalidad de fomentar el empleo cualificado y la estabilidad laboral. Situación a 1 de enero de 2022. 355 personas habilitadas. Impacto esperado para 2022 (hasta 31 de diciembre de 2022). 231 personas habilitadas. Indicadores de verificación de cumplimiento. N.º de personas habilitadas. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ Medida a realizar con personal público. actuación. Observaciones. Acción n.º 2. Dotación de vehículos oficiales de tecnología medioambiental 0 emisiones para el desplazamiento del personal valorador de dependencia Descripción de la medida. Se continuará con la dotación de vehículos oficiales con distintivo mediomabiental al personal valorador de la situación de dependencia iniciada en 2021. Situación a 1 de enero de 2022. Licitación de 21 vehículos. Impacto esperado para 2022 (hasta 31 de diciembre de 2022). Licitación de 26 vehículos más llegando a un total de 47 vehículos. Indicadores de verificación de cumplimiento. N.º de vehículos. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ Coste 47 vehículos: 941.502,13 euros. actuación. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Observaciones.
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... La Mancha. Impacto esperado para 2022 (hasta 31 de diciembre de 2022). Tramitación y publicación de la orden de convocatoria del concierto social./firma de los conciertos. Indicadores de verificación de cumplimiento. Publicación en DOCM/conciertos firmados ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 169028 Acción n.º 3. Avance y consolidación del modelo de concierto social en Castilla-La Mancha. Cambio en el marco regulador de las relaciones entre la administración y las entidades y empresas que prestan servicios de atención a la dependencia, al pasar de un modelo contractual a un modelo de concertación. Aporta mayor flexibilidad y aumenta la capacidad de modificar los compromisos asumidos a las necesidades cambiantes Descripción de la medida. Se continuará con la implantación del modelo de concierto social en Castilla-La Mancha con el objetivo de mejorar la gestión y calidad de los servicios que se prestan en los recursos de atención a personas en situación de dependencia. la medida se inició en 2021, con impacto mayor en 2022 y 2023. Este modelo aporta mayor flexibilidad y aumenta la capacidad de modificar los compromisos asumidos a las necesidades cambiantes. Situación a 1 de enero de 2022. Publicación del decreto que regula el concierto social en Castilla-La Mancha. Impacto esperado para 2022 (hasta 31 de diciembre de 2022). Tramitación y publicación de la orden de convocatoria del concierto social./firma de los conciertos. Indicadores de verificación de cumplimiento. Publicación en DOCM/conciertos firmados. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ 5 meses 2022: 43.962.559,48 euros. actuación. Observaciones. Acción n.º 4. Incremento de los precios de los conciertos de plazas residenciales de atención a personas mayores Descripción de la medida. Se avanzará en el incremento de los precios de los conciertos de plazas residenciales de atención a personas mayores con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios y las condiciones laborales del personal de atención directa. Situación a 1 de enero de 2022. Estudios económicos para llevar a cabo la media. Impacto esperado para 2022 (hasta 31 de diciembre de 2022). Tramitación de las adendas a los conciertos suscritos. Indicadores de verificación de cumplimiento. Adendas firmadas. Determinación de costes previstos en 2022 derivados directamente de la medida/ 2.159.413,93 euros. actuación. El coste corresponde a 5 meses de implantación en 2022. Actuación con continuidad en 2023. cve: BOE-A-2022-20793 Verificable en https://www.boe.es Observaciones.