Anuncio BOCM-20221207-86 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20221207-291).

Rivas-Vaciamadrid Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones


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... 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de ... ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/661357 ). 1. Dirigidas.—A asociaciones y ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 291 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022 Pág. 377 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 86 RIVAS-VACIAMADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 17 de noviembre de 2022, por el que se aprueba el Concurso de Disfraces-Carnaval Rivas-Vaciamadrid 2023. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/661357 ). 1. Dirigidas.—A asociaciones y grupos sin entidad jurídica que participan en el Carnaval 2023 de Rivas-Vaciamadrid. 2. Solicitudes.—Las inscripciones de participación y las solicitudes de subvención se formalizan según los modelos A o B adjuntos a las presentes bases, en función de si son asociaciones o entidades legalmente constituidas o sean grupos informales. 3. Plazo inscripción y solicitud de subvención: — Hasta el 18 de enero 2023, para el Encuentro Carnavalesco. — Hasta el 20 de enero 2023, para el Concurso de Disfraces. 4. Lugar de presentación.—Registro municipal. 5. Documentación a presentar.—Los modelos de solicitud anexados a las presentes bases. 6. Cuantía.—16.600 euros. 7. Período subvencionable.—Desde el 1 de enero hasta el 18 de febrero de 2023, previa solicitud de subvención a partir de aprobación de bases en Junta de Gobierno Local. 8. Justificación y pago.—Procedimiento y documentación: 8.1. Plazos: se deberá justificar la subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad, de acuerdo a la normativa vigente, presentándose la correspondiente documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (Plaza de la Constitución, número 1; o Plaza 19 de Abril, sin número). 8.2. Procedimiento y documentación: se presentará por registro la siguiente documentación: — Anexo I. Declaración responsable: cumplimentar, firmar y sellar la declaración responsable. Con este documento la entidad/colectivo beneficiaria de la subvención declara que las facturas presentadas son originales. — Fotocopias compulsadas de las facturas justificativas: las facturas a compulsar se presentarán todas de una vez para poder informarlas favorablemente en el mismo acto administrativo. Las facturas deben tener los siguientes datos: d En el caso de asociaciones legalmente constituidas: deben estar emitidas a nombre de la asociación que ha solicitado la subvención y reflejar el CIF, dirección y teléfono. d En el caso de grupos sin entidad jurídica: deben estar emitidas a nombre de la misma persona representante del grupo que ha solicitado la subvención y realizado la inscripción y reflejar el DNI, dirección y teléfono. Y, en ambos casos, tienen que reflejar: d Nombre, NIF, dirección y teléfono de la empresa o establecimiento en el que se compra o suministra el material para la actividad a realizar. d Relación y/o desglose de artículos o servicios. BOCM-20221207-86 BDNS (Identif.): 661357