Anuncio BOE-A-2022-20685 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-293).

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. Resolución de 30 de noviembre de 2022, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica el Convenio con el Comisionado para el Mercado de Tabacos, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.


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... , de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Octava. Información pública. En la convocatoria de las actividades formativas que se impartan a través de la plataforma Moodle del INAP se hará constar la colaboración ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 167934 i) La cesión se refiere únicamente al uso de la plataforma Moodle, y no a las plataformas de alojamiento de vídeos o herramientas de videoconferencia que pueda disponer el INAP. Tercera. Financiación. La cesión del uso de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP será totalmente gratuita, tal como se dispone en la cláusula anterior. El convenio no genera compromisos económicos ni obligaciones financieras para ninguna de las partes que lo suscriben. Cuarta. Finalidad de la cesión. La cesión del uso de la plataforma de formación es exclusivamente para los fines previstos en este convenio y no supone para el INAP renuncia alguna de sus derechos. Asimismo, la realización de actividades formativas en línea del CMT a través de la citada plataforma no supone la renuncia de este a cualquiera de los derechos que pudieran corresponderle respecto a dichas actividades. Quinta. Informes. La institución cesionaria se compromete a facilitar al cedente un informe semestral acerca del funcionamiento de la plataforma Moodle en relación con las actividades finalizadas. Sexta. Comisión mixta de seguimiento. Se crea una comisión mixta de seguimiento que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento paritario acordado por las partes para el seguimiento, vigilancia y control del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, y ejercerá sus funciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 51.2.c) y 52.3 de la citada ley. La Comisión de Seguimiento velará por el cumplimiento de los acuerdos adoptados y resolverá, en su caso, las cuestiones de interpretación y posibles discrepancias que pudieran presentarse en la ejecución y desarrollo de este convenio. Las decisiones de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por unanimidad. La Comisión de Seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las partes y estará formada por el Gerente del INAP y por el Presidente del CMT o persona en quien delegue. Protección de datos y transparencia. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas partes, se atendrán a las disposiciones de obligado cumplimiento establecidas en el Reglamento (UE) núm. 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, por la que se adapta el ordenamiento jurídico español a esa norma. Este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Octava. Información pública. En la convocatoria de las actividades formativas que se impartan a través de la plataforma Moodle del INAP se hará constar la colaboración entre ambas instituciones. cve: BOE-A-2022-20685 Verificable en https://www.boe.es Séptima.