Anuncio BOE-A-2022-20681 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-293).

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.


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... en la relación de puestos de trabajo. En este caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. La autoridad convocante comunicará los puestos vacantes a los aspirantes que ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 Sec. II.B. Pág. 167914 II.C Calificación final 1. Calificación final: La calificación final del proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las distintas fases puntuables de las presentes pruebas selectivas. 2. Número de orden en el proceso selectivo: El orden de los aspirantes que superen el proceso selectivo se determinará en función de la puntuación total, ordenados de mayor a menor puntuación. En el caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: a. Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio. b. Mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio. c. Mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, y si el empate continuase se determinará a continuación por la puntuación del quinto ejercicio. 3. Vinculación al número de plazas convocadas: a. El tribunal no podrá declarar que ha superado la fase de oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. b. Del mismo modo, la autoridad convocante no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. III. Adjudicación de destinos y nombramiento como funcionarios de carrera 1. Adjudicación de destinos: La adjudicación de los destinos ofertados a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino, de acuerdo con la puntuación total obtenida en el proceso selectivo. Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio, siempre que sean de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo. En este caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. La autoridad convocante comunicará los puestos vacantes a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y que no hayan ejercitado el derecho al que se refiere el párrafo anterior y les concederá un plazo no inferior a tres días hábiles ni superior a diez para que las soliciten, indicando su orden de preferencia. cve: BOE-A-2022-20681 Verificable en https://www.boe.es 2. Nombramiento como funcionarios de carrera: La Secretaria de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de los destinos iniciales se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
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... consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, deberá solicitarla el interesado en ... la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 Sec. II.B. Pág. 167926 Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, deberá solicitarla el interesado en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta. c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado. La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas. d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de octubre. cve: BOE-A-2022-20681 Verificable en https://www.boe.es 3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de inasistencia a los ejercicios. 4. En aquellos casos en que, con arreglo a la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario que el interesado lo solicite expresamente. La solicitud se realizará electrónicamente en el enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/RA03.shtml. Junto con la solicitud de devolución se presentará como documentación anexa, el documento original de la solicitud de admisión a pruebas selectivas («Ejemplar para el interesado») y cualquier otra documentación justificativa. Asimismo, en el recuadro correspondiente se explicará el motivo por el que se solicita la devolución de la tasa. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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... . 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 6. Sec. II.B. Pág. 167906 Titulación 6.1 Para participar en el proceso selectivo se requiere estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 6. Sec. II.B. Pág. 167906 Titulación 6.1 Para participar en el proceso selectivo se requiere estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 6.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. 7. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos al finalizar el plazo de presentación de instancias: a. Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE (código 0615) de la Administración General del Estado; a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, salvo que se encuentren en situación de servicio activo en otra Administración Pública por haber obtenido puesto en la misma por alguno de los procedimientos de provisión previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2; o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, estos últimos, en la Administración General del Estado. b. Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, al menos durante dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE (código 0615) de la Administración General del Estado, en alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 8. Forma de presentación: a. De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen. b. Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS. c. Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). d. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en la forma indicada en el anexo IV. cve: BOE-A-2022-20681 Verificable en https://www.boe.es 8.1 Solicitudes de participación