Anuncio BOE-A-2022-20675 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-293).
II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales. Resolución de 24 de noviembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales, por los turnos libre y de discapacidad.
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... a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de exención de dicho pago determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso el pago ... Ver más
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Miércoles 7 de diciembre de 2022 Sec. II.B. Pág. 167854 Asimismo, se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos que se señalan en la base Segunda de la convocatoria y de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del nombramiento. Cada aspirante únicamente podrá presentarse por uno de los turnos: libre o de discapacidad. La contravención de esta norma supondrá la exclusión, en todos los turnos solicitados, de quienes no la hayan observado. Cuarta. Aspirantes con grado de discapacidad. 1. Quienes tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y deseen participar en las pruebas selectivas por el turno de discapacidad, deberán hacerlo constar así en la solicitud, acompañando certificado acreditativo de dicha circunstancia. 2. En el supuesto de aspirantes que, habiéndose presentado por el turno de discapacidad, superasen los ejercicios correspondientes pero no obtuvieran plaza y sus puntuaciones fueran superiores a las obtenidas por aspirantes al turno libre, se incluirán por su orden de puntuación en dicho turno. 3. Con independencia de que opten o no al turno de discapacidad, quienes participen en la convocatoria y, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo o medios oportunas, debiendo reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que el Tribunal pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, se deberá aportar, junto con la misma, dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de las instancias técnicas competentes. Quinta. Abono de derechos de examen. 1. Para participar en la convocatoria se debe abonar mediante transferencia bancaria la cantidad de 15 euros en concepto de derechos de examen. – En el caso de los clientes de CaixaBank (línea abierta clientes): Cuentas > Transferencias> Otros pagos > Pagos a terceros y a empresas> A una Entidad (pagos a terceros)> Código Entidad 0792192. – En el caso de transferencias realizadas desde entidades distintas a CaixaBank, se realizará la transferencia a la cuenta de CaixaBank número ES42 2100 5731 7502 0025 6902, abierta a nombre de las Cortes Generales. a) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de dicha discapacidad. b) Las personas desempleadas, inscritas en situación de desempleo en el Servicio Público de Empleo Estatal, que acrediten un periodo mínimo ininterrumpido de seis meses, inmediatamente anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de exención de dicho pago determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso el pago de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo. cve: BOE-A-2022-20675 Verificable en https://www.boe.es En el justificante de realización de la transferencia, cuya copia se ha de unir a la instancia, deberá figurar en el concepto, necesariamente, la indicación «UJCG», así como el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad del aspirante. 2. Estarán exentas del pago de los derechos de examen: Ver menos... consta el proceso selectivo y sigan a ... indicados en la convocatoria cumplir los requisitos ... . 1. La presente convocatoria podrá ser recurrida ante ... de continuar el proceso selectivo o que produzcan ... asegurar la debida marcha del proceso selectivo y sin que sean ... Ver más