Anuncio 2022/234-77 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2022/234).

5. Anuncios. Ayuntamientos. Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Moclinejo, por el que se publica Resolución de Alcaldía, de 18 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público. (PP. 3283/2022).


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... se deriven de esta convocatoria, podrán ser impugnados por ... selectivos por concurso-oposición, se seguirán ... empleo temporal de larga duración objeto de la convocatoria ... de la convocatoria, así ... administrativos deriven de esta convocatoria, podrán ser impugnadas ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19601/7 Una vez concluido el proceso de selección, el tribunal formulará la lista de candidatos para el puesto, por orden de puntuación obtenida, con indicación de la calificación obtenida, que será remitida a la Alcaldía. La Alcaldía, atendiendo al artículo 61.8 del EBEP, dictará la correspondiente resolución con la relación de personas candidatas ordenada por las puntuaciones alcanzadas. En todo lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la normativa sobre acceso de los empleados públicos. Asimismo, estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Base décima. Criterios desempate. En el supuesto de empate entre dos o más candidatos en la calificación final obtenida por estos en los procesos selectivos por concurso-oposición, se seguirán sucesivamente si fuera necesario, los siguientes criterios para resolver el empate: 1. Se resolverá a favor del aspirante con mayor experiencia en la administración convocante y en el puesto en cuestión. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00272840 Base novena. Procedimiento de selección concurso. Si la plaza a la que se opta viene determinada en la base 2.ª mediante el sistema de provisión de concurso de méritos, el sistema selectivo se desarrollará en una única fase que será la de concurso de méritos. El concurso consistirá en la valoración, por el tribunal calificador, de los méritos alegados y que hayan acreditado las personas aspirantes en el momento de la solicitud de participación, en los términos establecidos en las presentes bases generales y de acuerdo con el baremo de méritos establecidos en el Anexo II y Anexo III. La valoración de los méritos del sistema de concurso, en consonancia con el proceso de estabilización del empleo temporal de larga duración objeto de la convocatoria, tiene en cuenta principalmente la experiencia profesional en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate. Este aspecto se entiende como un factor fundamental a tener en cuenta en los méritos aportados por los aspirantes, indicativos del grado de conocimiento y práctica en el desarrollo de las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria, así como de los procedimientos, tareas, condiciones y medios necesarios para su adecuado cumplimiento. Los demás méritos evaluados en el concurso responden a las características y requisitos necesarios para el mejor desempeño del cargo al que postula. Una vez iniciado el proceso de selección, los anuncios de las sucesivas pruebas, así como las puntuaciones, se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento. Se concederá un plazo de 3 días hábiles a efectos de alegaciones que se contarán a partir del día siguiente a la publicación en la página web y en el tablón de anuncios del Consejo de las puntuaciones de los ejercicios correspondientes. Una vez concluido el proceso de selección, el tribunal formulará la lista de candidatos para el puesto, por orden de puntuación obtenida, con indicación de la calificación obtenida, que será remitida a la Alcaldía. La Alcaldía, de acuerdo con el artículo 61.8 de la EBEP, dictará la correspondiente resolución con la lista de candidatos ordenada por las puntuaciones obtenidas. En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la normativa sobre acceso de los empleados públicos. Asimismo, las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de esta convocatoria, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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... DE VACANTES DENOMINACIÓN 1 ADMINISTRATIVO/A CONCURSO OPOSICIÓN 1 DINAMIZADOR ... /A CONCURSO OPOSICIÓN SERVICIOS ... CONSERJE CONCURSO OPOSICIÓN AAPP ... Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Todos los requisitos exigidos en estas bases ...

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Clasificación art. 76 R.D.L. 5/2015, 30 octubre Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19601/3 CLASIFICACIÓN N.º DE VACANTES DENOMINACIÓN 1 ADMINISTRATIVO/A CONCURSO OPOSICIÓN 1 DINAMIZADOR/A GUADALINFO CONCURSO 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A CONCURSO COMETIDOS ESPECIALES 1 MONITOR/A DEPORTIVO/A CONCURSO OPOSICIÓN SERVICIOS ESPECIALES PERSONAL DE OFICIO 1 FONTANERO/A CONCURSO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR 1 AUXILIAR BIBLIOTECA CONCURSO AAPP ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SERVICIOS ESPECIALES PERSONAL DE OFICIO 1 PEÓN/A LIMPIEZA CONCURSO AAPP ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SERVICIOS ESPECIALES PERSONAL DE OFICIO 1 CONSERJE CONCURSO OPOSICIÓN AAPP ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SERVICIOS ESPECIALES PERSONAL DE OFICIO 1 CONSERJE CONCURSO ESCALA SUBESCALA C1 ADMINISTRACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA C1 ADMINISTRACIÓN ESPECIAL TÉCNICA C2 ADMINISTRACIÓN GENERAL AUXILIAR C2 ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SERVICIOS ESPECIALES C2 ADMINISTRACIÓN ESPECIAL C2 CLASE AUXILIAR PROCEDIMIENTO OBSERVACIONES FIJO DISCONTINUO JORNADA PARCIAL 50% Base tercera. Requisitos de participación. 1. Ser español o nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, así como aquellos a los que hace referencia el art. 57 del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el alcance y efectos en él previstos. 2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 3. Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la fijada para la jubilación forzosa por edad. 4. Estar en posesión de la titulación exigida de acuerdo a la clasificación establecida en el artículo 76 del TREBEP, disposición transitoria 3.ª y la disposición adicional 6.ª definida a continuación: • Grupo/subgrupo A2: Título universitario de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente. • Grupo/subgrupo C1: Título de Bachiller, Técnico o equivalente. • Grupo/subgrupo C2: Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. • Grupo AAPP (antiguo E): Certificado de Escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. 5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Todos los requisitos exigidos en estas bases, y especificados en los citados anexos, se entenderán referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, excepto el requisito general indicado en el párrafo anterior y el requisito de titulación por habérsele exigido para desempeñar la plaza en el momento de su incorporación temporal. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00272840 BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía