Anuncio BOP-2022-5813 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Diputación Cáceres (5211).

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. BOP-2022-5813 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.


1 / 5

... en la base cuarta de la convocatoria (que tendrá los efectos previstos ... bases de la convocatoria supone que el ... del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial ... en las bases de la convocatoria: D.N.I., N ... fecha de la presente convocatoria. 2. Los documentos ...

Contenido de la página 7
● ● ● ● ● OCTAVA. INSTANCIAS. La instancia solicitando tomar parte en el proceso de selección irá dirigida alSr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Tiétar y se presentará en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), de conformidad con el modelo que se incorpora como Anexo II, a las presentes bases, debiendo los aspirantes manifestar en la solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base cuarta de la convocatoria (que tendrá los efectos previstos en el artículo 69 LPACAP). La aceptación de las bases de la convocatoria supone que el solicitante presta consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos. NOVENA. PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 1. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Junto con la instancia, que deberá ser rellenada conforme al Anexo II, deberá acompañar la siguiente documentación a fin de acreditar los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria: D.N.I., N.I.E. o pasaporte en vigor. Titulación académica exigida. Declaración responsable conforme al modelo que figura como Anexo III de estas bases. Documentación acreditativa de los méritos alegados por el solicitante y que desee les sean valorados conforme a lo dispuesto en la Base Decimocuarta. (Aquellos méritos que no se documenten en el plazo de presentación de instancias, no podrán ser tomados en consideración). Informe de vida laboral actualizado a la fecha de la presente convocatoria. 2. Los documentos se presentarán en originales o copia auténtica. 3. Los interesados deberán señalar el domicilio a efectos de notificaciones y teléfono para recibir comunicación. El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad exclusiva del solicitante los errores en la consignación del mismo. CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 25057
2 / 5

... convocatoria, pudiendo interpretarlas e integrarlas en aquellas cuestiones que surjan a lo largo del proceso de selección. 9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo ... del proceso selectivo dirigida ... en el proceso selectivo. 10. ...

Contenido de la página 11
surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. 5. En caso de empate, resolverá el voto de calidad del Presidente del Tribunal. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados en los supuestos y la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 6. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso, habrán de practicarse de nuevo las pruebas o los trámites afectados por las irregularidades. 7. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, notificándola a la Alcaldía. 8. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el citado artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme establece el artículo 24 del referido texto legal. La actuación del Tribunal deberá ajustarse a las Bases de esta convocatoria, pudiendo interpretarlas e integrarlas en aquellas cuestiones que surjan a lo largo del proceso de selección. 9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo. 10. En la medida de las capacidades personales de este Ayuntamiento, se constituirá un Tribunal de selección por cada una de las plazas convocadas, siendo su composición aprobada por Resolución de la Alcaldía y objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal (http://tietar.sedelectronica.es) y el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tiétar. CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 25061
3 / 5

... . 3. La presente convocatoria tiene en cuenta el ... lo que se refiere al empleo, de acuerdo con el artículo ... empleo público, en relación a las medidas de agilización de los procesos selectivos. TERCERA. RELACIONES CON LA CIUDADANÍA. A lo largo del proceso selectivo ...

Contenido de la página 3
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. - Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. Las presentes Bases vincularán a la Administración, a los tribunales que han de valorar los méritos y a quienes participen en el Concurso de méritos, y solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público/a, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres. 4. Se procurará, con carácter preferente la utilización de los medios informáticos y telemáticos disponibles para agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas en orden a la reducción de cargas administrativas. 5. Se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en relación a las medidas de agilización de los procesos selectivos. TERCERA. RELACIONES CON LA CIUDADANÍA. A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la sede electrónica municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento: http://tietar.sedelectronica.es CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 25053
4 / 5

... pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria: CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 ...

Contenido de la página 15
3. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida en la fase de concurso, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de las personas aspirantes. 4. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden: 1º Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales por el orden en que éstos aparecen. 2º Mayor puntuación en el apartado de méritos académicos, por el orden en que éstos aparecen. 3º. De persistir el empate se resolverá por sorteo. DECIMOQUINTA. ALEGACIONES A LAS PUNTUACIONES OTORGADAS POR EL TRIBUNAL DE SELECCIÓN. Una vez baremado los méritos correspondientes al Concurso, el Tribunal de selección publicará en la Sede Electrónica un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento. DECIMOSEXTA. LISTA DEFINITIVA DE PERSONAL SELECCIONADO. Convocado, en su caso, el Tribunal calificador para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará posteriormente en la sede electrónica municipal (http://tietar.sedelectronica.es) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tiétar, la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Corporación. Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación. DECIMOSÉPTIMA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. 1. Deberán presentar en el Ayuntamiento de Tiétar, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria: CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 25065
5 / 5

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento [http://tietar.sedelectronica.es] y, en el ...

Contenido de la página 19
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento [http://tietar.sedelectronica.es] y, en el Tablón de Anuncios. Tiétar, 2 de diciembre de 2022 Luis Perona Timón ALCALDE PRESIDENTE CVE: BOP-2022-5813 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 25069