Anuncio BOP-2022-5771 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Diputación Cáceres (5211).

Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. BOP-2022-5771 EXTRACTO Bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones para la adjudicación de ayudas a las personas participantes en las acciones formativas destinadas a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población. PROYECTO POEJ.


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... de la segunda convocatoria de subvenciones para la ... General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos ... www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662448 OBJETO Es objeto de las ...

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Sección I - Administración Local Provincia Diputación Provincial de Cáceres ANUNCIO. EXTRACTO Bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones para la adjudicación de ayudas a las personas participantes en las acciones formativas destinadas a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población. PROYECTO POEJ. BDNS(Identif.):662448 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662448 OBJETO Es objeto de las presentes bases convocar y establecer las condiciones que han de regir la concesión y pago de ayudas económicas, destinadas a facilitar la participación de las personas beneficiarias del Proyecto JUVENTAS FORMA en acciones formativa objeto del mismo, en aras a combatir el reto demográfico en los municipios de menor población de la provincia de Cáceres. BENEFICIARIOS/AS: La persona deberá haber sido seleccionada como participante en alguna de las acciones formativas previstas en el Proyecto JUVENTAS FORMA, durante la vigencia del mismo, y adquirir, a su finalización, la condición de persona formada, para lo que habrá de completar, al menos, el 90% de dicha acción (descontadas las faltas), que comprende la formación específica y la formación en autoempleo. Las faltas justificadas no habrán de superar el 10% del cómputo global. Reunidos estos requisitos obtendrá el diploma que le acredite como persona formada. Se considera persona formada aquellos que cumplan lo siguientes requisitos. CVE: BOP-2022-5771 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 7 de diciembre de 2022 N.º 0233 Pág. 24843