Anuncio 05458/2022 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Diputación Badajoz (232/2022).

Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Administrativo/a, personal funcionario, incluida en el proceso de estabilización


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... de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal funcionario para la cobertura de 1 plaza vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre. La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo para la ...

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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada Anuncio 5458/2022 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Puebla de la Calzada Puebla de la Calzada (Badajoz) Anuncio 5458/2022 Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Administrativo/a, personal funcionario, incluida en el proceso de estabilización BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, 1 PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A, PERSONAL FUNCIONARIO, EN EL AYTO. DE PUEBLA DE LA CALZADA Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo público de estabilización correspondiente al ejercicio 2022 (ejecución de los Procesos de Estabilización de Empleo Temporal D.A. 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021), convoca procedimiento selectivo para cubrir, con carácter de personal funcionario, 1 plaza de administrativo/a, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, con arreglo a las siguientes BASES: Primera.- Objeto de la convocatoria: El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal funcionario para la cobertura de 1 plaza vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre. La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo para la estabilización de empleo temporal correspondiente al ejercicio 2022, aprobada por resolución de Alcaldía 2022-0574 con fecha 17 de mayo de 2022 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 95, de fecha 20 de mayo de 2022 (corrección de errores BOP número 96 de 26 de mayo de 2022), y en el DOE número 101, de fecha 27 de mayo de 2022, cuyas características son: Grupo/ Escala subgrupo C/C1 A.G. Subescala CD N.º vacantes/plazas/ puestos que cumplen requisitos Ley 20/2021 Proc. Selección Administrativa 20 1 Concurso-oposición La plaza está adscrita a Tesorería y las tareas específicas serán las fijadas en la relación de puestos de trabajo para el puesto 16. Además, para el personal que no resulte seleccionado, se creará una lista de espera en el subgrupo C1, con la finalidad de dar cobertura con los integrantes de la misma a las necesidades de administrativos/as que para este subgrupo demande el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en razón de las especiales características que concurran en el puesto de trabajo a ocupar o de los distintos planes de empleo que exijan contrataciones a través de otros procedimientos selectivos. Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el artículo 2 y la Disposición adicional primera, cuarta, sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (en lo que sean aplicables), y de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Segunda.- Requisitos: Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura): BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 14
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... vacante en la plantilla de personal funcionario, mediante concurso-oposición, y para conformar la lista de espera ... el acceso al empleo público. No ... de la convocatoria mediante sentencia ... términos el acceso al empleo público. Poseer los ... de la convocatoria relativas a ...

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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada Anuncio 5458/2022 ANEXO I MODELO DE SOLICITUD DATOS DEL SOLICITANTE Nombre NIF Dirección Teléfono Móvil C.P. Localidad Fax Correo electrónico Provincia DATOS DEL REPRESENTANTE Nombre NIF Dirección Teléfono Móvil C.P. Localidad Fax Correo electrónico Provincia DATOS DE LA NOTIFICACIÓN Persona a notificar Solicitante Representante Medio preferente de notificación Notificación postal Notificación electrónica EXPONE: Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz n.º _____, de fecha ______________, en relación con el proceso de selección para cubrir, con carácter de personal funcionario, una plaza de Administrativo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario, mediante concurso-oposición, y para conformar la lista de espera, conforme a las bases publicadas en el mismo anuncio y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Segundo. Que creyendo reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia, declaro bajo mi responsabilidad: Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las administraciones públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Poseer los permisos, la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección para cubrir, con BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 10 de 14
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... exclusión del aspirante del proceso selectivo. El Tribunal, salvo ... en entidades privadas, en puestos de trabajo de Administrativo o superior ... valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria con 2 puntos por licenciatura o diplomatura (o título ...

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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada Anuncio 5458/2022 diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. Cada parte de la segunda prueba se calificará con un máximo de 10 puntos, pero se valorarán como una única prueba con un máximo de 20 puntos, debiendo obtener para su superación un mínimo de 10 puntos en la suma de las dos pruebas. Una vez obtenida dicha puntuación, se efectuará un cálculo proporcional para que la valoración de la fase de oposición suponga un 70 % del total de la puntuación del procedimiento selectivo. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico. El orden de actuación de los/as aspirantes será por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente. Los/as aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante. De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan. Las Actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores. FASE CONCURSO: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 8 puntos. a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 4 puntos: 1) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal funcionario o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 05 o superior) y puestos de administrativo o superior con funciones asimilables a cuerpos o escalas de administración general, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,1 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente. 2) Servicios prestados en entidades privadas, en puestos de trabajo de Administrativo o superior, con funciones asimilables a cuerpos o escalas de administración general (grupo de cotización 05 o superior), 0,05 puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente. b) Titulación superior a la requerida, se valorará con un máximo de 2 puntos: Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria con 2 puntos por licenciatura o diplomatura (o título de grado equivalente) y 1 punto por título de técnico superior (o equivalente). c) Cursos de formación, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos. No se tendrá en cuenta la titulación ya valorada en el apartado b) anterior. Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 6 de 14