Anuncio 2022063760 publicado el día 07-12-2022 en Diario Oficial de Extremadura (234/2022).

Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Voluntariado. Subvenciones. Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.


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... se realiza la primera convocatoria pública para el ejercicio ... será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica, en los términos ... oficio mediante convocatoria aprobada por ... Asimismo, la publicación de la convocatoria se efectuará en la Base de ...

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NÚMERO 234 Miércoles 7 de diciembre de 2022 60258 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023. (2022063760) El Decreto 93/2013, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria pública para el ejercicio 2013, dispone en el artículo 1 que el presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas destinadas por la Junta de Extremadura a financiar, total o parcialmente, los programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de las áreas y actividades reguladas en el artículo 2 del decreto. El artículo 6 del citado decreto dispone que el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente decreto será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del ejercicio correspondiente, pudiendo realizarse la tramitación anticipada de los expedientes de conformidad con lo establecido en la normativa contable y presupuestaria que resulte de aplicación. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la secretaría general de la consejería competente, conforme dispone el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se publicará, junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, la publicación de la convocatoria se efectuará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura. El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ejercerá las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las de consumo. El Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de
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... ara el objeto de esta convocatoria se destinará la cuantía total de ... de junio. 2. L  a presente convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito ... Autónoma de Extremadura, indicándose la convocatoria, la aplicación presupuestaria y el proyecto ...

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NÚMERO 234 Miércoles 7 de diciembre de 2022 60270 2. L  a puntuación mínima necesaria para que el programa pueda ser subvencionado será de 50 puntos. Décimo. Créditos presupuestarios y financiación. 1. P  ara el objeto de esta convocatoria se destinará la cuantía total de ciento noventa mil euros (190.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 10030000/G/252B/48900, proyecto presupuestario 20130198 (CA) denominado “Fomento del voluntariado social” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. No obstante lo anterior, la citada cantidad podrá incrementarse hasta un 20 por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido aprobados antes de resolver la concesión de las mismas, todo ello de conformidad con el apartado h) del artículo 23.2 de la mencionada Ley 6/2011, de 23 de marzo y con lo previsto en el artículo 8.2 del referido Decreto 93/2013, de 4 de junio. 2. L  a presente convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender a los derechos económicos de la misma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2023. 3. L  a cuantía individualizada de subvención a conceder se determinará conforme a lo dispuesto en el artículo 8.3 del Decreto 93/2013, de 4 de junio. No obstante, la cuantía individualizada resultante tendrá como límite la cuantía solicitada por la entidad y, en todo caso, la cuantía individualizada máxima a conceder será de 6.000 €, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.4 del Decreto 93/2013, de 4 de junio. Decimoprimero. Publicidad. Las subvenciones concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indicándose la convocatoria, la aplicación presupuestaria y el proyecto de gasto al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a tenor de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
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... del Decreto 93/2013, de 4 de junio y convocatoria de estas subvenciones, la siguiente documentación (señálese lo ... los treinta días anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria. DOCUMENTOS QUE OBRAN EN PODER DE LA JUNTA DE EXTREMADURA De ...

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NÚMERO 234 60274 Miércoles 7 de noviembre de 2022 DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD En cumplimiento con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y a efectos exclusivos de reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos para ser beneficiaria de esta subvención, se acompaña, junto a la solicitud y conforme al artículo 4 del Decreto 93/2013, de 4 de junio y convocatoria de estas subvenciones, la siguiente documentación (señálese lo que proceda): DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA: Estatutos vigentes de la entidad debidamente legalizados. Programa para el que se solicita subvención – según anexo IIPóliza de seguro del personal voluntario suscrita por la entidad y justificante de pago del último recibo. Declaración de otras ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas por la entidad para el mismo programa -según anexo IIIDOCUMENTACIÓN PARA LA EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD Y DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL VOLUNTARIADO SOCIAL: Certificado de la persona que ocupa la secretaría de la entidad en el que conste el número de personas voluntarias inscritas en su registro de altas y bajas. Certificado de la persona que ocupa la secretaría de la entidad privada sin ánimo de lucro de ámbito autonómico en la que la entidad solicitante se encuentra integrada indicando tal extremo y recogiendo su ámbito de actuación y sus fines estatutarios. Convenios, resoluciones u otros documentos que acrediten la concesión de financiación pública y/o de obras sociales para el desarrollo de programas o actividades de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura de las dos últimas anualidades, así como las correspondientes memorias de ejecución. Certificado de calidad en base a la norma de ONG con calidad, ISO 9001:2018, EFQM u otros sistemas de calidad y/o control externo de auditorías que garantizan el control de los procesos y programas, en los que se indique el alcance territorial de los mismos cuando se trate de entidades de ámbito estatal con delegación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estudios, diagnósticos o informes que fundamenten la necesidad de ejecución del programa. Certificado del secretario/a de la entidad participante o entidades participantes en el que conste su colaboración o intervención en la ejecución del programa. Informe de vida laboral de la entidad (VILE) referido a los treinta días anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria. DOCUMENTOS QUE OBRAN EN PODER DE LA JUNTA DE EXTREMADURA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, así como lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 93/2013, de 4 de junio. Las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos en poder de esta Administración Autonómica. Se acoge a este derecho y autoriza al órgano gestor para que pueda recabar documentos, o la información contenida en ellos, respecto a la siguiente documentación (señálese lo que proceda): Nombre documento Órgano ante quien se aportó Número de expediente Fecha de presentación Número registro Procedimiento