Anuncio BOE-A-2022-20635 publicado el día 06-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-292).

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vega de Espinareda, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".


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... formación profesional para el empleo, constituidos al amparo de ... de las Bases del Régimen Local, con excepción de las entidades públicas empresariales locales, y a las que se refiere el artículo 11 ... núcleos urbanos, de una oferta formativa, cultural y de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. III. Pág. 167543 siguientes funciones, la realización de programas de formación y cualificación profesional y de innovación educativa, y el fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación. III. Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene entre sus objetivos la incorporación de la educación a la sociedad de la información por medio de la promoción de las tecnologías de la información y de la comunicación, así como el desarrollo de programas avanzados de educación a distancia. IV. Que el Ayuntamiento de Vega de Espinareda tiene capacidad para firmar el presente convenio, según artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, modificada parcialmente por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, así como aquellas entidades públicas dependientes de las Entidades locales territoriales y organismos autónomos, encargados de los servicios educativos y programas de educación no formal de educación de adultos, formación profesional y/o formación profesional para el empleo, constituidos al amparo de las normas reguladoras de las Bases del Régimen Local y según lo dispuesto en el artículo 85.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las entidades públicas empresariales locales, y a las que se refiere el artículo 11 y 12.1 y 12.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que la Entidad sea una persona jurídica, y siempre que así se prevea en las bases reguladoras de los miembros asociados que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades previstas en el convenio; y aquellas asociaciones de ámbito, estatal o autonómico, de Entidades locales, legalmente constituidas al amparo de la Disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por el artículo 1.2. de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local encargadas del desarrollo de programas no formales de educación de adultos, formación profesional y profesional para el empleo, siempre que la entidad sea una persona jurídica y siempre que así se prevea en las bases reguladoras, los miembros asociados de la entidad que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades previstas en este convenio». V. Que conforme a las funciones atribuidas a la Secretaría General de Formación Profesional en el Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, según consta en los artículos 5.3 h) y 5.3 q), la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida es la unidad responsable del diseño de estrategias para la promoción de la orientación profesional y del desarrollo de medidas que orienten el aprendizaje a lo largo de la vida, tanto a través de actividades de enseñanza reglada como no reglada. VI. Que la Subdirección de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida cuenta con un programa de formación abierta, flexible y a través de Internet, denominado «Aula Mentor», según artículo 8 del Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, que se enmarca dentro de estas funciones, dado que su diseño está dirigido a impulsar y mejorar las competencias personales y profesionales de las personas adultas, promoviendo la cultura y la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. VII. Que la iniciativa Aula Mentor, de acuerdo con su normativa reguladora, cuenta con una dilatada experiencia que supera los treinta años de existencia. Se concibe como un mecanismo para acercar a la población y con especial atención a aquella cuya residencia se encuentra alejada de los grandes núcleos urbanos, de una oferta formativa, cultural y de difusión de las tecnologías de la información y la comunicación. Se desarrolla a través de convenios con consejerías y departamentos de educación de las comunidades autónomas, así como con de las entidades locales y organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro. Entre sus señas de identidad destaca su carácter abierto, dado que no existen requisitos de acceso y proporciona una oferta formativa de carácter no formal que se cve: BOE-A-2022-20635 Verificable en https://www.boe.es Núm. 292