Anuncio BOE-A-2022-20551 publicado el día 06-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-292).

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. Real Decreto 1008/2022, de 5 de diciembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Defence and Space, S.A.U., para el programa Euromale RPAS.


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... de esta competencia. La concesión del préstamo previsto en este real decreto tiene carácter singular y no es posible realizar convocatoria pública para su otorgamiento, dado que ADS es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167222 Las cantidades que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo entregará a ADS en cumplimiento de la orden de concesión de préstamo que se derivará de este real decreto y que serán transferidas por esta a la OCCAR, redundarán en beneficio de ADS y en el conjunto de la industria aeronáutica española, puesto que se prevé que la contratación de empresas españolas para participar en el programa sea equivalente a la contribución financiera española para el mismo, es decir del 22 %. ADS, como uno de los subcontratistas principales del programa, asume la ejecución de ciertos trabajos en España, principalmente en sus plantas de Getafe, donde se localiza la gestión y diseño de los paquetes españoles, y en Andalucía, donde se fabricarán los componentes estructurales de los paquetes españoles y el montaje preliminar de los sistemas. Un numeroso grupo de empresas españolas participarán en los desarrollos necesarios para el programa. ADS fomentará en la medida de lo posible y siempre en cumplimiento de sus procesos internos de compras la participación de empresas españolas en el programa. Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, corresponde a este Ministerio en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, el impulso, la dirección y el seguimiento de las acciones y programas relacionados con la industria aeronáutica y de los demás sectores estratégicos. El apoyo previsto en este real decreto se realiza en ejecución de esta competencia. La concesión del préstamo previsto en este real decreto tiene carácter singular y no es posible realizar convocatoria pública para su otorgamiento, dado que ADS es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del principal contratista del programa, la alemana Airbus Defence and Space GmbH con la cual ha contratado OCCAR, y uno de los subcontratistas principales del programa. Además, el carácter del programa tanto desde el punto de vista de la mejora de las capacidades de nuestras Fuerzas Armadas como desde el punto de vista de sus repercusiones económicas e industriales, acreditan razones de interés público, social y económico. El artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Esta norma se adecua a los principios de necesidad y eficacia puesto que contribuye a garantizar el suministro de este tipo de sistemas para satisfacer las necesidades operativas de las Fuerzas Armadas. Por otra parte, dadas las elevadas inversiones necesarias para acometer este proyecto, su realización sería imposible sin el apoyo de la Administración en la financiación del mismo. Es esta una norma que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para fijar las bases que regularán la concesión del préstamo mediante una orden ministerial en la que se incluirán todas aquellas condiciones que permitan asegurar la eficiencia y eficacia del mismo. El principio de eficiencia se cumple, ya que al instrumentarse el préstamo por medio de un real decreto que contempla una actuación plurianual, se evita la tramitación de varias subvenciones nominativas anuales durante la duración del proyecto, dando al mismo tiempo mayor seguridad a la empresa beneficiaria y permitiéndole planificar correctamente el proyecto de forma global. En relación con el principio de transparencia, el texto define claramente sus objetivos, reflejados en su preámbulo y en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo que lo acompaña. Asimismo, en la memoria justificativa se explican con claridad los motivos que justifican la concesión directa. Esta norma no supone una vulneración del principio de seguridad jurídica y para asegurarlo se han pedido todos los informes necesarios a los Servicios Jurídicos del Estado. cve: BOE-A-2022-20551 Verificable en https://www.boe.es Núm. 292
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... , de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El préstamo cuya concesión se dispone tiene un carácter singular, que dificulta la convocatoria pública de la ayuda dado que la empresa ADS es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167223 En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por todo ello, a estas ayudas les resulta de aplicación lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, relativo al régimen de concesión directa. Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. El préstamo está amparado por el apartado 1.b) del artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por estimarse que las actividades financiadas son necesarias para la protección de los intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, con el informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2022, DISPONGO: Artículo 1. Objeto. Este real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Defence and Space, SAU,(ADS), en relación con la Fase 2 del programa internacional Euromale RPAS (EUROMALE), de acuerdo con lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El préstamo cuya concesión se dispone tiene un carácter singular, que dificulta la convocatoria pública de la ayuda dado que la empresa ADS es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del contratista principal del programa EUROMALE, la alemana Airbus Defence and Space GmbH, con la cual ha contratado la Organización Conjunta de Cooperación en materia de Armamento (OCCAR) la ejecución de la mayor parte del programa, y uno de los subcontratistas principales. Artículo 2. Objeto de la actividad. El préstamo se destinará a cubrir parcialmente los gastos e inversiones necesarios para llevar a cabo el programa internacional EUROMALE entre Alemania, Francia Italia y España gestionado por la OCCAR para el diseño, desarrollo, producción y apoyo a la entrada en servicio y apoyo logístico para de un sistema aéreo remotamente tripulado de media altitud y gran autonomía según los requisitos establecidos por las naciones participantes en el mismo El programa comprenderá las actuaciones que se recogen en la memoria técnica que figura como anexo de este real decreto. El volumen de proyecto que se va a ejecutar en España está en torno a los 1.622 millones de euros, lo que supone un 22,9 % del presupuesto del proyecto. 1. La empresa ADS será la beneficiaria del préstamo, y habrá de reunir las condiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A estos efectos, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de manera directa la acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones. cve: BOE-A-2022-20551 Verificable en https://www.boe.es Artículo 3. Beneficiario del préstamo.
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... 28 de dicha ley, por su carácter singular y por concurrir razones de interés público, social y económico que dificultan su convocatoria pública, mediante resolución que adoptará la forma de orden de concesión de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo. 2 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167225 2. La devolución del préstamo al Tesoro Público será realizada por ADS según el siguiente calendario de amortizaciones: Año Importe – Euros 2031 100.000.000 2032 200.000.000 2033 380.000.000 2034 410.000.000 2035 339.477.284 Total. 1.429.477.284 La devolución del préstamo está asegurada por el negocio jurídico que ADS y el Ministerio de Defensa suscribirán para la devolución del préstamo que le librará el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Este calendario es coherente con el programa de pagos que se contemplará en el citado negocio jurídico entre el Ministerio de Defensa y ADS. En caso que se modifiquen los pagos previstos entre el Ministerio de Defensa y ADS, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo deberá tramitar una propuesta de modificación de este real decreto para variar este calendario de amortizaciones al objeto de adaptarlo a dichos pagos. El incumplimiento de las obligaciones de devolución podrá dar lugar a la revocación del préstamo y al reintegro del importe del préstamo todavía no amortizado más los correspondientes intereses de demora. 1. El préstamo se concederá de forma directa, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por su carácter singular y por concurrir razones de interés público, social y económico que dificultan su convocatoria pública, mediante resolución que adoptará la forma de orden de concesión de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo. 2. El procedimiento de concesión de la subvención previsto se iniciará de oficio. 3. El órgano instructor del procedimiento para la concesión del préstamo será la Subdirección General de Áreas y Programas Industriales, perteneciente a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. 4. El órgano instructor se encargará de revisar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para poder ser beneficiario de la ayuda. Así mismo formulará la propuesta de resolución de concesión. 5. Corresponderá a la Intervención Delegada competente la fiscalización de la propuesta de gasto, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado. La propuesta de gasto deberá incluir el expediente completo y todos los justificantes y los informes preceptivos emitidos y cuando se encuentre en disposición de que se dicte por quien corresponda. 6. La propuesta de resolución de concesión del préstamo deberá ser aceptada por el beneficiario. 7. El procedimiento para la concesión de las subvenciones terminará mediante orden de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 8. El plazo para resolver y notificar la concesión será de seis meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de este real decreto. Transcurrido este cve: BOE-A-2022-20551 Verificable en https://www.boe.es Artículo 6. Procedimiento de concesión.
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... no tripulados y de sensores asociadas a los sistemas autónomos y el consecuente desarrollo de sus respectivas industrias (formación y empleo). – Reducción de emisiones de CO2 gracias a plataformas de última generación mucho más eficientes y menos contaminantes ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167229 ANEXO Memoria Técnica Objetivos del Programa EUROMALE El objetivo del proyecto es diseñar, desarrollar, certificar e industrializar una aeronave no tripulada en el segmento MALE para la realización de misiones civiles y militares. De manera cualitativa, los objetivos del proyecto a nivel operacional son: – Desarrollar, producir y mantener un sistema RPAS MALE que proporcione la capacidad de defensa crítica para responder a los desafíos de seguridad futuros. – Desarrollo del entorno de integración en Espacio Aéreo de aeronaves no tripuladas y contribución al futuro espacio único europeo. – Proporcionar una solución que cumpla con los últimos y más rigurosos estándares de seguridad y certificación y regulación de aeronavegabilidad europeos. – Desarrollar una solución que pueda integrarse en el tráfico aéreo civil. – Proporcionar un sistema que sea interoperable y capaz de integrarse plenamente en las redes militares de uso común. – Identificar y evaluar requisitos comunes adicionales detallados de acuerdo con las necesidades de la UE, garantizando al mismo tiempo la armonización de los requisitos internacionales y los requisitos militares potenciales únicos. – Aumentar la eficiencia y el ahorro de costes a lo largo del ciclo de vida y beneficiarse del ahorro de costes como resultado de este enfoque multilateral. De manera cualitativa, los objetivos del proyecto a nivel industrial son: – Desarrollo de tecnologías clave que proporcionen a la industria nacional y europea de autonomía en el segmento de los RPAS y otorguen soberanía en un ámbito crítico. – Desarrollo de tecnologías digitales de control, de automatización y de fabricación de sistemas aéreos no tripulados y de sensores asociadas a los sistemas autónomos y el consecuente desarrollo de sus respectivas industrias (formación y empleo). – Reducción de emisiones de CO2 gracias a plataformas de última generación mucho más eficientes y menos contaminantes. – Utilización de las últimas tecnologías europeas desarrolladas que no estén sujetas a control o restricción a la exportación, por un tercer país o por una entidad de terceros países, directa o indirectamente a través de una o más empresas intermedias, incluso en términos de transferencia de tecnología. – Garantizar, en la medida de lo posible, los derechos de usuario gratuitos del software, las tecnologías y los productos desarrollados entre los participantes. – Construir una cadena de suministro europea sólida en todos los niveles para fomentar la Base Tecnológica e Industrial de Defensa Europea (EDTIB) a largo plazo. – Apoyar y potenciar una amplia cooperación transfronteriza dentro de la UE. Junto con el desarrollo se producirán los bancos de prueba y prototipos de aeronaves y estaciones de control terrestres que permitan obtener el certificado de aeronavegabilidad, así como realizar su calificación. Inicialmente está previsto que sean 3 los prototipos que llevarán a cabo los vuelos de prueba en España, Francia e Italia. Los productos que se entregarán finalmente a España serán 4 sistemas aéreos no tripulados MALE RPAS, en los que cada uno de ellos estará compuesto por: – 3 vehículos aéreos. – 2 estación de control en tierra. – 1 set de repuestos. cve: BOE-A-2022-20551 Verificable en https://www.boe.es Núm. 292