Anuncio BOP-2023-546 publicado el día 01-02-2023 en Boletín Diputación Cáceres (5248).

Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. BOP-2023-546 Bases y Convocatoria de subvención para la mejora de infraestructura eléctrica (MIE-2023).


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... ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios ... día de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a ... la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al ...

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correcta cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica, tanto en la ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que se deban cumplimentar. Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá dirigirse al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”. Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del documento o de la información original. 6.3. PLAZO DE PRESENTACIÓN. Se establece un plazo de un mes para la presentación de solicitudes, contados desde el día de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la BDNS, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. 6.4. SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES. Si la solicitud presentada no reúne los requisitos establecidos, de conformidad con el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se requerirá a la entidad solicitante para que la subsane en el plazo máximo de 10 días, indicándole que si así no se hiciera, se le tendrá por desistido/a de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. CVE: BOP-2023-546 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3497
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... BDNS), en su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la convocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial ... constar que las presentes BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA ...

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De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la convocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Diligencia, la pongo yo, el Secretario, para hacer constar que las presentes BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA OBRAS DE ADAPTACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA POR LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES, EJERCICIO 2023 (MIE-2023) han sido aprobadas por Resolución de Presidencia de fecha 24 de Enero de 2023. Cáceres, 25 de enero de 2023 Álvaro Casas Aviés SECRETARIO CVE: BOP-2023-546 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3513
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... resultan completamente necesarias ya que la falta del cumplimiento de la normativa podrían condicionar en acceso a en cualquier convocatoria de ayudas, incluido el PROGRAMA DUS 5000, para las cuales es requisito necesario disponer del citado certificado BT de ...

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Se pone de manifiesto así que las actuaciones objeto de ésta subvención resultan completamente necesarias ya que la falta del cumplimiento de la normativa podrían condicionar en acceso a en cualquier convocatoria de ayudas, incluido el PROGRAMA DUS 5000, para las cuales es requisito necesario disponer del citado certificado BT de la Dirección General de Industria y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura. Así mismo, en el marco competencial del art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local regula que “Son competencias propias de la Diputación o entidad equivalente las que le atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso, las siguientes: a) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31. b) La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión (...). d) La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito”. A continuación, este mismo artículo 36 de la LRBRL, añade que “A los efectos de lo dispuesto en las letras a), b) y c) del apartado anterior, la Diputación o entidad equivalente: (...). b) Asegura el acceso de la población de la Provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y a la mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal. Con esta finalidad, las Diputaciones o entidades equivalentes podrán otorgar subvenciones y ayudas con cargo a sus recursos propios para la realización y el mantenimiento de obras y servicios municipales, que se instrumentarán a través de planes especiales u otros instrumentos específicos”. Y por lo que respecta a los fines propios y específicos de la provincia, regula que “Son fines propios y específicos de la Provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social y en particular: a) Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal (...)”. CVE: BOP-2023-546 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3485
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● ● BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA. 2.1. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la Diputación provincial de Cáceres, para el ejercicio 2023, en la siguiente aplicación ...

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● ● BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA. 2.1. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la Diputación provincial de Cáceres, para el ejercicio 2023, en la siguiente aplicación presupuestaria: - Aplicación presupuestaria 2023 08 1720 76220, dotada con un importe total de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000. €) 2.2. CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LA SUBVENCIÓN. La subvención máxima a conceder por la Diputación de Cáceres será de 85.000. €, siempre que el presupuesto total de la actuación sea superior a 100.000. € (IVA incluido), en caso contrario la ayuda provincial será del 85% del presupuesto total de la actuación. Así, la Diputación concederá a los Municipios solicitantes que cuyas actuaciones resulten seleccionadas como beneficiarias la ayuda máxima por inversión, conforme al siguiente desglose: a) Inversión con un presupuesto total igual o inferior a 100.000. € (IVA incluido): Ayuda máxima: 85% del presupuesto total de la actuación. b) Inversión con un presupuesto total superior a 100.000. € (IVA incluido): Ayuda máxima: 85.000. € cantidad máxima por beneficiario/a y actuación. El Municipio solicitante de la a ayuda deberá hacerse cargo de la cuantía que resulte de la diferencia entre el 100% de la inversión a ejecutar y de la ayuda concedida por la Diputación Provincial correspondiente. Asimismo, el importe de la subvención regulada en las presentes bases en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien las actuaciones, supere los gastos previstos para la realización de la actuación subvencionable. CVE: BOP-2023-546 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3489
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... . BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE. 5.1. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso ...

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No serán admitidas reformulaciones de proyectos. BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE. 5.1. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es: https://sede.dip-caceres.es La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro, no siendo admitido ninguna solicitud o documento entregado por otra vía. La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes. Las solicitudes, comunicaciones, y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizara la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 de abril del 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda. Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografía, vídeos u otros soportes digitales, o fuera requerido así por el órgano gestor, su aportación en la fase de justificación se hará a través de la puesta a disposición de dicho material en una dirección url que permita el acceso de la Diputación Provincial a dicho material, acceso que deberá estar garantizado desde el momento de la presentación de la justificación CVE: BOP-2023-546 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3493