Anuncio BOE-A-2022-20776 publicado el día 08-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-294).

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.


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... Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo ... Públicas. 1.2 A excepción de aquellos actos sujetos a publicación, el resto de actos administrativos que se dicten durante el proceso selectivo ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 294 Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. II.B. Pág. 168779 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos UNIVERSIDADES 20776 Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), y en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (BOE de 8 de octubre), por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Rioja. Considerando la Resolución 1221/2019, de 19 de diciembre, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 19 de diciembre de 2019, aprobando la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo temporal y promoción interna. Este Rectorado, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja de 29 de noviembre de 2022, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases: 1. Normas generales 2. Requisitos de los candidatos Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes: 2.1 Requisitos generales: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión cve: BOE-A-2022-20776 Verificable en https://www.boe.es 1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (BOE de 8 de octubre), por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; los Estatutos de la Universidad de La Rioja aprobados en el Consejo de Gobierno de La Rioja de 28 de diciembre de 2017 (BOR de 24 de enero de 2018); la Normativa reguladora de los concursos para el acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Rioja, aprobada en el Consejo de Gobierno de 24 de junio de 2015; en lo no previsto, por la legislación general de Funcionarios Civiles del Estado, así como por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 1.2 A excepción de aquellos actos sujetos a publicación, el resto de actos administrativos que se dicten durante el proceso selectivo, incluidos los que se dicten como consecuencia de la interposición y resolución de recursos administrativos contra actuaciones del proceso de selección, se notificarán obligatoriamente por medios electrónicos. Dichas notificaciones electrónicas se entenderán rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición en la Sede Electrónica de las mismas sin que se acceda a su contenido.
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... y en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Rioja. 6.7 El plazo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses, salvo en los supuestos de suspensión del cómputo del plazo. El ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Jueves 8 de diciembre de 2022 Sec. II.B. Pág. 168783 6.4 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe con la valoración motivada sobre cada candidato de acuerdo a los criterios fijados. 6.5 La propuesta de adjudicación de la plaza se hará por votación de los miembros de la Comisión; cada miembro solo podrá votar a un único candidato para cada plaza. La propuesta recaerá en quien haya obtenido al menos dos votos. El concurso podrá ser declarado desierto. 6.6 Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su nombramiento y sin que la propuesta pueda exceder el número de plazas convocadas a concurso. La propuesta se hará pública por la Comisión en el mismo lugar de publicación del resto de las comunicaciones realizadas por la Comisión y en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Rioja. 6.7 El plazo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses, salvo en los supuestos de suspensión del cómputo del plazo. El mes de agosto se considerará inhábil a estos únicos efectos. Excepcionalmente y de modo motivado el Rector podrá ampliar el plazo por un tiempo no superior a otros cuatro meses. 7. Nombramientos 7.1 El nombramiento propuesto por la Comisión, que en ningún caso podrá superar el número de plazas convocadas, será efectuado por el Rector después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente, lo que deberá hacer en los veinte días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de provisión en el tablón oficial electrónico de la Universidad de la Rioja, presentando en la Sede Electrónica, a través del procedimiento «Instancia General», los siguientes documentos: a) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto. b) Declaración responsable de no haber sido separado de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Los concursantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo. En caso de que el concursante propuesto no presente oportunamente la documentación requerida, el Rector procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración formulado, siempre que acredite cumplir los requisitos exigidos. 7.2 El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo respectivo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de La Rioja», y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades. 7.3 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y área de conocimiento. 7.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios. 7.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad. cve: BOE-A-2022-20776 Verificable en https://www.boe.es Núm. 294